AUTO CONSTITUCIONAL 0200/2014-CA
Fecha: 30-Jun-2014
1)
Por Resolución 0001/2014 de 9 de junio, cursante de fs. 162 a 166, la Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT del departamento de La Paz, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: 1) El accionante manifiesta tener representación legal de la empresa Representaciones Arequipa, Importaciones, Exportaciones S.R.L., pero en ningún momento acreditó tal aspecto; 2) Tampoco indicó la dirección de correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata; 3) No expresó con claridad la relevancia que tendrán las normas impugnadas en la decisión que se podría asumir; 4) Menos señaló de manera expresa que artículos constitucionales estuvieran infringidos; 5) Por lo que, no es suficiente la mera identificación de los preceptos que se considerarían estarían siendo vulnerados, también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que adopte esta instancia recursiva depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de éstos; y, 6) Faltó la exposición de la duda razonable respecto a la validez legal de las disposiciones cuestionadas.
- Directora Ejecutiva a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- 1)
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR