Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2014
Fecha: 05-Jun-2014
II.2.
II.2. Mediante la Resolución 012/2013 de 28 de noviembre, el Juez demandado, dispuso la detención preventiva del ahora accionante, por la concurrencia de peligro de fuga previsto en los arts. 234.1 y 5 y 233 del CPP; ante esa determinación, en el mismo acto procesal, el abogado de éste interpuso recurso de apelación incidental, solicitando se remitan antecedentes en el día (fs. 14 a 16).
- acción de libertad
- actuando de forma oficiosa y ultra petita, apartándose del requerimiento de imputación formal
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR