Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2014
Fecha: 05-Jun-2014
denegó
La Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 018/2013 de 29 de noviembre, cursante de fs. 31 a 32, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que, el legajo de apelación ya fue remitido a la “…Auxiliatura de Salas penales, oficina que está a cargo del sorteo correspondiente…” (sic); por lo que, la solicitud de remisión de los antecedentes de apelación en el plazo de veinticuatro horas no tiene razón de ser.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ampliando
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR