SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2014
Fecha: 05-Jun-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancia de Sandra Carmiña Cabrera Ríos, por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, en la audiencia conclusiva de 29 de octubre de 2013, el Juez demandado, mediante Resolución 588/2013, dispuso su detención preventiva en el Recinto Penitenciario de “San Pedro”.
Así, dentro del término de setenta y dos horas, presentó recurso de apelación mediante memorial de 1 de noviembre de igual año “…y una vez corrida en traslado debía ser elevado con la contestación o sin ella en el plazo de 24 horas. Hasta la fecha han transcurrido de manera simple y llana 27 días y el cuaderno de apelación no ha sido remitido al Tribunal de Alzada” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ampliando
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR