Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2014
Fecha: 06-Jun-2014
II.1.
II.1. Cursa la Resolución 76/2013 de 8 de noviembre, por la cual el Juez demandado, rechazó la cesación a la detención preventiva solicitada por el accionante, dictada en audiencia de esa fecha y en cuyo acto procesal el abogado de la defensa interpuso recurso de apelación contra dicho fallo (fs. 34 a 35).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- procedente
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Respecto de la responsabilidad del Secretario Abogado del Tribunal de Sentencia Penal de Achacachi
- III.4.2. Respecto de la acefalía del Oficial de Diligencias del Juzgado de Achacachi
- 1º CONFIRMAR en parte