Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 31 de octubre de 2013, sin justificación alguna fue despedido por los demandados, sin considerar que su hija de seis meses de edad, cuenta con la protección constitucional que corresponde a los trabajadores progenitores de menores de un año, hecho que le otorgaba la condición de inamovible, más aún si fue contratado para tareas propias del giro principal de la empresa; por lo que su despido se constituye en una práctica prohibida por el hecho de ser un empleado eventual.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. Sobre la inamovilidad de los progenitores de niños menores de un año y su reincorporación laboral
- III.2.1. Jurisprudencia aplicable al caso concreto
- c) La inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija”
- III.3. Jurisprudencia respecto a las asignaciones familiares
- el Subsidio de LACTANCIA, consistente en la entrega a la madre de productos lácteos u otros equivalentes a un salario mínimo nacional por cada hijo, durante sus primeros doce meses de vida»
- III.4. Análisis del caso concreto