Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 17 de mayo del mismo año, el accionante, interpuso recurso de apelación restringida, solicitando se dicte un nuevo Auto de Vista declarando procedente el recurso y la nulidad de todas las actuaciones procesales hasta el vicio más antiguo, reponiéndose sus derechos y garantías vulnerados (fs. 23 a 27 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR