SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1151/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1151/2014

Fecha: 10-Jun-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 6 de noviembre de 2013, se realizó una audiencia conclusiva en el Juzgado de Cuarto Instrucción en lo Penal de El Alto, dentro del proceso penal que el Ministerio Público sigue en su contra, en la cual solicitaron varias veces la palabra; empero les fue negada por el Juez de la causa, restringiéndose su defensa material y dejándolos en completo estado de indefensión, vulnerando la garantía del debido proceso, así como el art. 325 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Denuncian asimismo, que la autoridad demandada al dejar a medias la audiencia conclusiva de manera precipitada y brusca, no consideró el memorial de objeción de querella y sometimiento a alguna salida alternativa que presentaron con anterioridad, al no permitir que el indicado actuado procesal se desarrolle por completo.

Refieren que debido a que el Juez demandado omitió la aplicación del art. 325 del CPP, se provocó que sus personas se encuentren en un “limbo legal”, sin poder recurrir ante nadie en resguardo de sus derechos y garantías constitucionales, más aún cuando uno de ellos sufre de una dolencia que requiere constante supervisión médica y a la fecha el citado Juez no consideró su solicitud de salida médica efectuada por el médico del penal de “San Pedro, que fue refrendada inclusive por un examen médico forense.