SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso familiar seguido por Marcelo Navajas Salinas, éste presentó memorial de cesación de gastos de educación y reducción de asistencia familiar, el cual fue admitido por Auto de 18 de febrero de 2011; al haber sido irregularmente notificada con dicha determinación, María Tatiana Elizabeth Urioste Vaca Guzmán dedujo incidente de nulidad, el cual debió ser resuelto en audiencia de 19 de abril de ese año, no obstante de ello se pronunció la Resolución 381/2011, que dispuso anular obrados y declararla rebelde; para luego dictarse la Resolución 509/2011 de 24 de mayo, que declaró probada en parte la solicitud de cesación de gastos de educación y reducción de asistencia familiar; las citadas Resoluciones fueron impugnadas a través del recurso de apelación, dictándose el Auto de Vista 005/2013 de 9 de enero, el cual no se pronunció ni refirió sobre la apelación planteada en contra de la Resolución 509/2011, afectando su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, congruencia, motivación y pertinencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.1. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y congruente
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Otras consideraciones
- CONFIRMAR