Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.2.
II.2. El 19 de noviembre de 2013, la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles del Beni, mediante nota dirigida al Jefe Departamental de Trabajo de Beni, solicitó se declare en comisión al accionante como Secretario de Relaciones de la empresa “NUDELPA LTDA.” y a otro, para el 21 de igual mes y año, a objeto de asistir al ampliado convocado por la Central Obrera Boliviana (COB) en Santa Cruz de la Sierra para exponer el problema que se estaría teniendo dentro de la citada empresa (fs. 13 a 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación emitidas por las jefaturas departamentales de trabajo, por parte del empleador
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR