SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2014

Fecha: 10-Jun-2014

II.4.

II.4. A través de nota de 25 de noviembre de 2013, suscrita por el demandado, dirigida al accionante, se establece que en virtud al informe evacuado el 22 del citado mes y año por el departamento de Recursos Humanos (RR.HH.) y Asesoría Legal, se pudo evidenciar que los días 21 y 22 del referido mes y año, el accionante no asistió a la fuente laboral, pese a que la solicitud de permiso del 20 del señalado mes y año fue rechazada mediante nota Cite RR. HH. 51/2013; y, de su file personal, se puede evidenciar que este tipo de conducta es de manera continua, por lo que en aplicación de los arts. 16 inc. e) de la LGT y 9 incs. e) y g) de su Decreto Reglamentario, se determinó su desvinculación a partir del 26 de ese mes y año (fs. 9 a 10).