SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2014

Fecha: 16-Jun-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante de los accionantes, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la libertad, toda vez que el Juez demandado, emitió mandamientos de condena en contra de éstos pese a haberse hecho conocer que estaba viciado de defectos formales; puesto que José Antonio Patiño Pozo y Juan Roy Paredes Hinojosa habrían interpuesto incidente de extinción de la acción penal por prescripción de la acción y duración máxima del proceso, por lo que la autoridad demandada remitió una nota a la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, solicitando se envíe el cuaderno del proceso que se les estaría siguiendo por delitos relacionados a la Ley 1008, y que por error se habría consignado un delito que ellos no cometieron y que se remitió ésta nota a la mencionada Sala Penal Liquidadora, cuando debería ser a la Sala Penal, es así que  no remitió ningún cuaderno procesal. El 24 de octubre, la citada Sala declaró infundado el recurso interpuesto, adquiriendo así la sentencia calidad de cosa juzgada, por lo que el Juez ahora demandado emitió los respectivos mandamientos de condena, ejecutados por efectivos policiales, pese a que el 18 de noviembre de 2013, interpusieron incidente de actividad procesal defectuosa, de acuerdo a los arts. 167, 169 inc. 3) del CPP, negándoles de esta forma el acceso pronto y oportuno a un medio de defensa, como lo fue el incidente interpuesto.