SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1294/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1294/2014

Fecha: 23-Jun-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, por intermedio de su abogado, ratificó el tenor íntegro de su memorial de interposición de la acción de libertad y ampliándolo, indicó que el 6 de enero de 2014, fue detenido en el Centro Penitenciario, vulnerando los arts. 122 y 123 de la LEPS, y nunca se llevó a cabo la audiencia para darle la oportunidad de defenderse, disponiéndose directamente su encierro en el régimen cerrado, sin notificarle con resolución alguna a fin de que pueda presentar el recurso de apelación incidental ante el juez de ejecución penal, determinado por el art. 123 de la citada Ley.

Concediendo la palabra al accionante, éste indicó haber sido víctima de varios atropellos por parte del “Gobernador” del recinto penitenciario, resaltando que a raíz de una requisa que se efectuó en su celda fue castigado con veinte días de encierro en el “Calabozo”, del cual no se lo dejaba salir ni al baño, sin considerar su edad de setenta y cinco años, hechos que fueron denunciados a diferentes instituciones y autoridades, como el Ministro de Presidencia, Ministerio Público, y “Comandante Departamental”; asimismo, no pudo presentar apelación alguna ante el Juez de ejecución de penal,  toda vez que éste se encontraba incomunicado.