SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2014
Fecha: 30-Jun-2014
denegó
constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 4 de diciembre de 2013, cursante de fs. 127 a 128, denegó la tutela solicitada, señalando que se advierte la concurrencia de un obstáculo de índole formal que impide resolver el fondo del asunto, toda vez que existiendo una Resolución sancionatoria, la parte accionante impugnó la misma a través de los recursos de alzada y jerárquico ante la AIT Regional y General, respectivamente; sin embargo, la presente acción tutelar se encuentra solamente dirigida contra la Resolución de primera instancia emitida por la administración aduanera y no así contra las otras autoridades mencionadas, por lo que en este caso no es posible realizar un pronunciamiento sobre la Resolución que es de primera instancia y no respecto de las otras dos Resoluciones dictadas posteriormente, quedando estas vigentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- el agraviado debe acudir ante la autoridad jerárquicamente superior que tenga la facultad, en última instancia, revisora, modificatoria, confirmatoria o revocatoria de la resolución o el acto ilegal constituido,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR