AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2014-RCA
Fecha: 08-Jul-2014
a)
Solicitan se conceda la tutela, disponiendo: a) El restablecimiento de todos sus derechos vulnerados, ordenando que las autoridades demandadas de manera inmediata y sin excusa alguna ni exigencias formalistas, procedan a conceder el goce efectivo del beneficio de irradiación y sea de manera retroactiva debiendo cancelar la totalidad del beneficio referido desde su ingreso al Hospital Obrero Jaime Mendoza como técnicos y médico radiólogos respectivamente, hasta la fecha de su cancelación, sea con mantenimiento de valor, condenando en costas a los accionados; y, b) Se ordene a los accionados se inhiban de realizar represalias o cualquier otro acto lesivo homogéneo que afecte su estabilidad laboral y demás derechos de carácter social.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente “in limine”
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos
- 1)
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- CONFIRMAR