AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2014

Fecha: 21-Jul-2014

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Alega que el Secretario de Medio Ambiente puede emitir la resolución de primera instancia; es decir, hasta la RA 005/2014, pero ya no tenía competencia para resolver el recurso de revocatoria, y por ello con la RA SDMAyA 006/2014, vulneró los arts. 4.II inc. b) y 34 del DS 28592, ya que debió remitir el recurso a conocimiento del Viceministro de recursos naturales y medio ambiente. En consecuencia, aduce que el acto es nulo, al amparo del art. 122 de la Constitución Política del Estado (CPE).