SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1353/2014
Fecha: 07-Jul-2014
denegó
El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2014 de 3 de enero, cursante de fs. 52 a 53 vta., denegó la tutela solicitada, argumentando que el imputado solicitó cesación a la detención preventiva el 27 de diciembre de 2013, “existiendo así una aceptación tácita de la resolución del Tribunal ad-quen” (sic); además, el justiciable participó de la audiencia de apelación de 31 de igual mes y año, oportunidad en la que tuvo conocimiento de la resolución de la fecha, por lo que no existe ningún derecho vulnerado “ya que el accionante debió agotar todos los medios idóneos que la ley le faculta, bajo el principio de subsidiariedad, para recién considerar el fondo de la acción a efectos de evitar una duplicidad o doble resolución en la vía constitucional y la justicia ordinaria” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- a)
- ilegalmente perseguida, procesada o privada de su libertad personal;
- III.2. Respecto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Contenido esencial de la resolución emitida por el Tribunal de apelación
- III.4.
- b)
- confirmaron parcialmente
- REVOCAR