SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1360/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1360/2014

Fecha: 07-Jul-2014

adoptando

Agrega que, la Jueza Octava de Instrucción en lo Penal, en el Auto 891/2012, al no haber advertido el plazo en el que se podía recurrir y ante que autoridad, vulneró su derecho a la impugnación de procesos judiciales garantizado por el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); toda vez que dicho Auto, no observó la estructura formal que debe contener toda resolución, apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir, adoptando una conducta omisiva al no compulsar cierta prueba inherente al caso; asimismo, no valoró si las actuaciones realizadas por el Ministerio Público se efectuaron dentro del control jurisdiccional; por otra parte, no se le informó a la citada autoridad para que de acuerdo a sus atribuciones y competencias, autorice la ampliación de la investigación, conforme establece el art. 301.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), viciando de esta manera todas las actuaciones procesales posteriores realizadas por el Fiscal de Materia y la Policía Boliviana, ameritando la anulación del citado Auto 891/2012.