SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1443/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1443/2014

Fecha: 09-Jul-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de despojo, el 7 de agosto de 2013, después de tres años y tres meses de dictada la Sentencia, el Juez de la causa, a solicitud de la querellante, mediante Auto “183/2013” (sic),  resolvió imponerles medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en presentación cada quince días al Juzgado y un fiador personal, quien deberá cancelar Bs5000.- (cinco mil bolivianos), en caso de incomparecencia de los acusados; formulado el recurso de apelación contra dicho Auto, fue declarado inadmisible; las medidas cautelares deben ser utilizadas para la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso penal y el cumplimiento de la ley; que en el caso presente, pese a no estar ejecutoriada la Sentencia condenatoria, ya se habrían cumplido los tres fines establecidos en el art. 221 del Código de Procedimiento Penal (CPP); “Resolución que es apelada y declarada inadmisible por extemporaneidad” (sic).