SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2014

Fecha: 16-Jul-2014

a)

La Jueza demandada, por informe escrito presentado el 19 de diciembre de 2013, señalo lo siguiente: a) Que mediante Resolución 697/2011 de medidas cautelares determino aplicar detención preventiva por encontrar en la conducta del imputado riesgos procesales; b) Por Resolución 612/2013 rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva, por no haber desvirtuado los riesgos procesales que fundaron dicha detención, que fue apelada por la parte ahora accionante; c) Siendo remitida a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia el 19 de septiembre de 2013, sea en el plazo de 24 horas y con comunicación a las partes, haciendo constar además, que la solicitud de cesación y el rechazo corresponde al justiciable y que la apelación, fue interpuesta por las partes procesales; y, d) La responsabilidad de remisión de las apelaciones corresponde al Secretario del despacho; así mismo, la parte apelante no se apersonó para proveer las   fotocopias para la remisión de la apelación, lo que se evidencia en el informe verbal del Secretario-abogado de su despacho. Apelación que fue remitida a auxiliatura de Salas.