SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2014

Fecha: 16-Jul-2014

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 83 de 19 de diciembre de 2013, cursante de fs. 19 a 20, por la que concedió la tutela impetrada, con los siguientes fundamentos: 1) Se pudo evidencias que el 5 de septiembre de 2013 se emitió la Resolución 612/2013, el 7 del indicado mes y año se presentó apelación al juzgado de turno, memorial que fue remitido inmediatamente al Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal; sin embargo, en forma indebida la Jueza demandada, en lugar de admitir y cumplir lo señalado en el art. 404 del CPP, -que debió inmediatamente remitirlo a la autoridad superior para que se considere la apelación- en forma dilatoria, dispuso que previamente venga con el decreto respectivo; y, 2) Cursa auto donde concede la apelación pero éste recién fue remitido el 19 de diciembre; es decir, después de más de tres meses de que fue interpuesto, por lo cual se violo el debido proceso causando dilación en la presente causa. Por cuanto la doctrina y la jurisprudencia constitucional señalan que aun  cuando el hecho haya cesado y se tenga convencimiento que si ha existido violación, se debe conceder la tutela solicitada.