Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1513/2014
Fecha: 16-Jul-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En audiencia, el abogado del accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliando la misma refirió que, habiendo planteado excepciones e incidentes, estos no fueron resueltos siendo que la justicia militar tiene competencia para hacerlo, pues el proceso fue abierto antes de entrar a la reserva; es decir, cuando se encontraba en servicio activo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- devuelvan obrados al Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional, para la prosecución del presente caso ante autoridades competentes, en vista de que el Tribunal Supremo de Justicia Militar ha perdido competencia
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 13
- III.2. La jurisdicción ordinaria se constituye en la regla respecto a la jurisdicción penal militar que es la excepción
- III.3. Análisis del caso concreto
- VISTA DE LA CAUSA Y APERTURA DE DEBATES
- CONFIRMAR