AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2014-CA

Fecha: 14-Ago-2014

también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada'

Al respecto, el AC 0312/2012-CA de 9 de abril, citando a la SC 0022/2006 de 18 de abril y los AACC 0045/2004 de 4 de mayo y 0026/2010-CA de 25 de marzo, determinó que: “' …La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada'; (…) en consecuencia, la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad y determina el rechazo del recurso(las negrillas son ilustrativas).

Consiguientemente, se evidenció una insuficiente fundamentación jurídico-constitucional, por cuanto el accionante no expresó con claridad la relevancia que tendrá la norma tildada de inconstitucional en la decisión que podría asumir la autoridad administrativa, incumpliendo con el art. 73.2 del CPCo.