SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1544/2014
Fecha: 01-Ago-2014
I.1.1. Hechos que la motivan la acción
El 7 de junio de 2013, Lino Rosso Flores, socio de base, presentó denuncia formal en su contra con aseveraciones falsas e imaginarias, que dio lugar a su ilegal expulsión del gremio al que pertenece. Así el 30 de julio del referido año, mediante memorando se le comunicó que fue suspendido momentáneamente de las filas sindicales, además se le hizo saber que no recibiría ningún beneficio que otorgue esa institución, mientras que el Tribunal Disciplinario tome una determinación respecto a las denuncias presentadas en su contra, de conformidad con el art. 29 del Estatuto Orgánico del Sindicato de Chóferes Asalariados “Primero de Mayo”.
El 16 de agosto de 2013, el Tribunal Disciplinario del Sindicato emitió una Resolución disponiendo su expulsión de esa agrupación, en aplicación del art. 25 incs. a), e), g), i) y j) del Reglamento Interno, calificando su conducta como “causas gravísimas”; dicha Resolución carece de fundamentación legal y de congruencia, siendo contradictoria, además de atentatoria a sus derechos y garantías protegidos constitucionalmente, toda vez que se basa en supuestas denuncias, donde no se le permitió asumir defensa, al no haber sido sometido a un debido proceso.
Toda persona tiene derecho a defenderse, pero en su caso nunca fue notificado con la Resolución que declaró procedente o improcedente la denuncia, la que por cierto, debió ser comprobada con la prueba idónea fehaciente que cause convicción y convencimiento al Tribunal Disciplinario sobre las acusaciones y denuncias realizadas en su contra, conforme establece el art. 18 del Reglamento Interno del Sindicato al que pertenece; por el contrario, se lo puso en estado de indefensión total, no fue escuchado ni se defendió en ninguna de las etapas del proceso que concluyó con una resolución arbitraria, injusta, contradictoria e incongruente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR