SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2014

Fecha: 19-Ago-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Cuando solicitó la actualización de planos del lote de su propiedad, el cual ya cuenta con folio real y matrícula computarizada 9011010011625 con código catastral 9010536301000, este le fue rechazado, bajo el argumento que el referido lote se encontraría sobre área verde perteneciente al municipio de Cobija; sin embargo, un año atrás el mismo plano se entregó sin observación alguna, inclusive cuando éste fue adquirido nunca fue observado por esa comuna, donde canceló los impuestos de ley.

Ante esta observación, requirió informe escrito al Director de la Unidad de Catastro, quien el 2 de agosto de 2013, le reiteró su negativa de otorgamiento del plano; razón por la cual, nuevamente el 7 del mes y año precitado, pidió la regularización de su derecho propietario, solicitando además un informe pormenorizado sobre las razones por las que no era procedente su petitorio, mismo que recibió respuesta negativa el 9 de septiembre del mismo año; ante este hecho, se apersonó ante la  Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija en dos oportunidades, primero el 8 de octubre de igual año y posteriormente 24 del mismo mes y año, quien no dio respuesta alguna a los memoriales presentados, lo que daría lugar a silencio administrativo negativo.