SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1666/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1666/2014

Fecha: 29-Ago-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2 de diciembre de 2013, fue cautelado por Mary Ruth Guerra Martínez, Jueza  Primera de Instrucción Mixta de Puerto Suárez, aplicándole la medida cautelar de detención preventiva, por lo que haciendo uso del derecho a la defensa y la impugnación, de acuerdo al art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), presentó memorial de apelación a dicha medida el 5 del mes y año antes referido; mismo que, hasta la fecha de la interposición de la presente acción, no fue atendido por la ahora demandada.

El no enviar la apelación, constituye un atentado al derecho a la impugnación, que repercute y afecta directamente a su derecho a la libertad, considerando que toda persona debe ser protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos; además, tomando en cuenta que el Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones.