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    AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2014-RCA

    Fecha: 15-Sep-2014

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    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • improcedencia “in límine”
    • I.6. Síntesis del memorial de impugnación
    • Para el cumplimiento de sentencias judiciales que tengan autoridad de cosa juzgada.
    • 12 de la CPE, el órgano judicial es el encargado de aplicar las normas para resolver los problemas jurídicos que se le presenten, y en el desarrollo de dicha función, evidentemente deberá cumplir con los deberes que las normas le imponen
    • II.3. La imposibilidad de impugnar y corregir el procedimiento de una     acción tutelar o constitucional a través de otra
    • II.4.
    • CONFIRMAR

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