Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2014-CA
Fecha: 08-Sep-2014
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, de conformidad a lo establecido en el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución de 20 de agosto de 2014, cursante a fs. 55 y vta., pronunciada por el Juez Segundo Disciplinario del Consejo de la Magistratura del departamento de Chuquisaca por el que RECHAZÓ la acción inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ximena Lucía Mendizabal Hurtado.
- Juez Segundo Disciplinario del Consejo de la Magistratura del departamento de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- procederá
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión
- RATIFICAR