Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1756/2014
Fecha: 09-Sep-2014
improcedencia
Consecuentemente, con los fundamentos expuestos se advierte que el presente recurso directo de nulidad no correspondía ser admitido por la Comisión de Admisión, lo que no impide que examinados los antecedentes, la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, advertida del inadecuado uso del recurso y al no cumplir los presupuestos para ingresar al análisis de fondo, deba declarar su improcedencia, como corresponde.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- admitió
- a)
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inviabilidad del recurso directo de nulidad para definir cuestiones ligadas al debido proceso.
- no es pertinente la remisión de la protección del juez competente al recurso directo de nulidad por la naturaleza de esta acción;
- III.2. Análisis del caso concreto
- 21 de marzo de 2012
- improcedencia
- IMPROCEDENTE