SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1871/2014
Fecha: 25-Sep-2014
1)
Sandra Parra Flores, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, por informe escrito cursante de fs. 87 a 88, luego de efectuar una relación circunstanciada de los antecedentes del proceso, señaló que: 1) Existe una Resolución de rechazo de querella; sin embargo, la misma fue revocada el 26 de octubre de 2012; a su vez, cursa imputación formal de 11 de julio de 2013, por el delito de estafa contra la accionante; 2) El 5 de febrero de 2014, se llevó a cabo la audiencia de consideración de medidas cautelares, donde se declaró rebelde a Bertha Elizabeth López Garrett, en vista de que ésta, no justificó adecuadamente su incomparecencia, conforme establece el art. 91 del CPP; 3) Se interpuso recurso de apelación incidental contra el decreto de 7 de febrero de 2014, lo cual no correspondía, por tratarse de un decreto; 4) Si bien se observó la presentación del pase profesional del anterior abogado, el nuevo causídico, fue notificado en su nuevo domicilio procesal con todos los actuados emergentes de sus planteamientos, los que fueron atendidos conforme a derecho; y, f) Solicita se deniegue la tutela, por existir un ilegal procesamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.5.
- II.6.
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiariedad de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- REVOCAR en todo