SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2014

Fecha: 25-Sep-2014

II.8.

II.8.  Mediante el acta circunstanciada de verificación de lote de terreno de 2 de septiembre de 2013, y a solicitud del abogado y apoderado de los accionantes, el Notario de Fe Pública de Segunda y Tercera Clase 01 de Arroyo Concepción del Distrito Judicial de Santa Cruz, verificó que los lotes de terreno de propiedad de los citados accionantes, se encontraban subdivididos en varios lotes de terrenos de aproximadamente 300 m2 cada uno, los mismos que estaban divididos con postes de madera y tres hebras de alambre de púas; asimismo, verificó que en el interior de uno de los terrenos divididos, se encontraba construida una vivienda de madera y techo de tejas duralit, la cual tenía una medida aproximada de 4x4 metros. Posteriormente se constituyeron en el lugar aproximadamente unas veinte personas de ambos sexos, donde el abogado de los accionantes les manifestó que los lotes de terreno tenían dueños con títulos de propiedad, registrados en DD.RR., solicitándoles que se retiraran del lugar; sin embargo, las personas que estaban presentes señalaron que habían dividido y alambrado los lotes de terreno, toda vez que tenían información verbal por parte de la Alcaldía Municipal de Puerto Suarez, que dichos terrenos no tenían propietario, por ello habían ingresado y alambrado los mismos; identificándose como los ahora demandados (fs. 45 y vta.).