Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1878/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.2.
II.2. Mediante Resolución de 11 de abril de 2013, consta que la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, concedió la acción de amparo constitucional, formulada por Ramiro Germán Villarreal Díaz y Álvaro Vidal Oroza Montellano contra Ponciano Ruiz Quispe y Juan Urbano Pereira Olmos, Vocales de la Sala Penal y Administrativa del indicado Tribunal y en consecuencia, ordenó el pago de costas procesales dentro de la acción de amparo constitucional presentado por el ahora accionante contra los nombrados funcionarios del SIN, disponiendo que dichas costas sean reguladas una vez que el expediente retorne del Tribunal Constitucional Plurinacional (fs. 2 a 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Honorario profesional del abogado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo