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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1878/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1878/2014

    Fecha: 25-Sep-2014

    II.5.

    II.5. A través del decreto de 14 de enero de 2014, Juan Ubaldo Pereira Olmos, Vocal de la Sala Penal y Administrativa del mismo Tribunal, en cumplimiento de la Resolución de 11 de abril de 2013, ordenó a Juan Mamani Ventura el pago de costas y honorarios profesionales a favor del abogado de los funcionarios del SIN Pando, en la suma de Bs2000.-, disponiendo que por secretaría se elabore la planilla de costas (fs. 8 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Sobre el debido proceso
    • III.3. Honorario profesional del abogado
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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