Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1882/2014
Fecha: 25-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad, manifestando que la autoridad Fiscal ahora demandada, omitiendo notificarle previamente con la orden de citación de manera personal y sin exhibir la respectiva Resolución, bajo el fundamento del art. 226 del CPP, ordenó su aprehensión, sin considerar que el delito que se le investiga contiene una pena mínima de un año, lo que hacía inviable la ejecución de dicha aprehensión.