SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1887/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1887/2014

Fecha: 25-Sep-2014

a)

Uby Saúl Suárez Sanchez y Marco Antonio Porres Velarde, Jueces Técnicos del Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, por informe de 14 de marzo de 2014, cursante a fs. 16 y vta., leído en audiencia, señalaron: a) Dentro del fenecido proceso penal por la comisión del delito de conducción peligrosa de vehículo, seguido por el Ministerio Público y Mario Mendoza, acusador particular, contra el ahora accionante, se pronunció Sentencia el 5 de diciembre de 2011, sentenciando a éste “a 2 años de reclusión” (sic); b) Por Auto de 10 del mismo mes y año, se concedió al accionante el beneficio del perdón judicial, conforme los parámetros del art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), actuado procesal que fue notificado tanto el Ministerio Público como al acusador particular; c) Las resoluciones mencionadas se encuentran ejecutoriadas, por tal motivo se ordenó mediante Auto de 18 de enero de 2013, remitir los antecedentes del proceso, en fotocopias legalizadas de los actuados pertinentes, previo sorteo informático, al Juzgado de ejecución de penas, y librar el respectivo mandamiento de condena contra el accionante, con la finalidad de su registro y control ante dicho juez, tal cual establece el procedimiento; y, d) En ningún momento ordenaron el cumplimiento de algún mandamiento de condena, “desconociendo el proceder de la ejecución del mismo” (sic); en consecuencia, solicitan se pronuncie resolución constitucional en ese sentido.