SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1908/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1908/2014

Fecha: 25-Sep-2014

denegó

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 11/2014 de 14 de marzo, cursante de fs. 57 a 60 vta., por la que denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: 1) Existen dos procesos instaurados por el Ministerio Público a instancias de Carmen Eva Gonzáles contra Marcelo Ricardo Soza Álvarez y Moisés Ángel Ponce de León Birbuet; uno en La Paz y otro en Santa Cruz, donde se han planteado incidentes de inhibitoria y declinatoria de competencia, respectivamente, que están pendientes de resolución, y sobre los cuales no corresponde pronunciarse por estar bajo el control de las autoridades jurisdiccionales de los citados departamentos; 2) El accionante no se presentó al llamado de la Fiscal de Materia, razón por la que se emitió el correspondiente mandamiento de aprehensión; y respecto a estar en peligro su vida, por hallarse delicado de salud, este hecho no fue demostrado; contrariamente la recurrida acreditó que no hubo impedimento para asistir a la citación efectuada, ya que el accionante no tenía días de impedimento, solo movilidad limitada; 3) La acción de libertad no puede activarse estando pendiente la tramitación de la causa ante la justicia ordinaria, por lo que deben agotarse todas las vías y los incidentes de recusación deben ser tramitados por el juzgado siguiente en número, no siendo motivo para que las investigaciones se paralicen, habiéndose demostrado que el caso está a cargo del Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal para el control de las investigaciones; y, 4) Si bien la subsidiariedad no es un mecanismo primordial, es necesario que el accionante acuda previamente al juez del control jurisdiccional ante la vulneración de derechos conforme al art. 54 del CPP, previamente a ingresar a interponer la acción de libertad.