SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1915/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1915/2014

Fecha: 25-Sep-2014

derecho a la libertad de locomoción

Del contexto señalado precedentemente y tomando en cuenta que en el caso de autos dos de los accionantes son -adultos mayores- (Luis Aparicio Garnica de ochenta y cinco años y Narda Riveros de Aparicio de setenta y cuatro), se hallan situados dentro del grupo de prioritaria atención por la inferioridad de sus condiciones, corresponde precisar que si bien no existen elementos que lleven a establecer de manera evidente que fueron amenazados en sus vidas y agredidos físicamente por el demandado y otras treinta personas, ni que a la fecha de interposición de la presente acción tutelar continúan siendo amenazados de muerte, ocasionando la restricción de sus derechos invocados, especialmente de su derecho a la libertad de locomoción, que la jurisprudencia constitucional señalada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, ha establecido como la facultad de las personas para moverse libremente en un espacio, de desplazarse de un lugar a otro, de circular por el territorio nacional, sin que medie ningún impedimento legal o arbitrario; se tiene de los hechos que motivan la presente acción tutelar así como las denuncias efectuadas por los accionantes en audiencia pública se tiene que este derecho fundamental fue restringido por el particular demandado, al no haber desvirtuado de forma alguna los hechos denunciados, generando que esta Sala conforme el entendimiento asumido en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo, deba conceder la tutela al haber ocasionado el demandado a través de las constantes amenazas de muerte a los accionantes que éstos por el temor que sienten se obliguen a sí mismos a no salir libremente de sus domicilios; con el añadido que además ante las circunstancias expuestas precedentemente, corresponde en aplicación del principio favor debilis, otorgar la tutela solicitada a fin de restablecer los derechos considerados amenazados por los accionantes.