Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2015-S2
Fecha: 05-Ene-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por su representado, considera vulnerados los derechos de éste a la libertad de locomoción, al debido proceso y a la seguridad jurídica; toda vez que, se encuentra con detención preventiva como efecto de una Resolución pronunciada en audiencia de medidas cautelares por la autoridad demandada, carente de una debida fundamentación congruente y lógica sobre los riesgos procesales; es decir, no se dio una correcta aplicación a lo establecido por el art. 232.2 y 3. del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Marco normativo del recurso de apelación contra resoluciones que determinan medidas cautelares
- III.3. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR en todo