SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las representantes de la accionante denuncian la vulneración del derecho a la propiedad privada y de la garantía del debido proceso, alegando que dentro del proceso administrativo que se siguió contra su representada por la supuesta comisión de la contravención aduanera de contrabando contravencional, se dictó la Resolución sancionatoria AN-GRT-BERTF 001/2013 de 30 de enero, declarándola probada; decisión confirmada mediante la Resolución de recurso de alzada ARIT-CBA/RA 0240/2013 de 10 de mayo. Agregan que, al ser dichas determinaciones contrarias a los intereses de su mandante, formuló recurso jerárquico, resuelto por la Directora Ejecutiva a.i., de la AGIT, a través de la Resolución de 7 de agosto de 2013, incurriendo en falta de fundamentación y lesión al principio de congruencia, al no pronunciarse respecto a todos los puntos descritos en su recurso, además de no haber valorado la prueba de descargo que ofreció, a la que no se asignó valor probatorio alguno. No habiéndose considerado que no solicitó la ampliación del plazo de permanencia de su motorizado, ante el desconocimiento de las leyes bolivianas, a más que no incurrió en el contrabando contravencional atribuido, al no tener voluntad alguna para aquello, emergiendo la residencia por un tiempo mayor, de un hecho de fuerza mayor derivado del accidente de tránsito a cuya consecuencia se inició un proceso penal, con el consiguiente secuestro de su camioneta.