SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S3

Fecha: 19-Ene-2015

concedió

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 11 de junio de 2014, cursante de fs. 174 a 176 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que el demandado en su condición de propietario restituya la puerta de ingreso del departamento habitado por la accionante y otorgue copia de la llave de ingreso en el plazo de cuarenta y ocho horas, en base a los siguientes argumentos: 1) Por la documentación presentada y lo expuesto en audiencia, se acreditó la forma arbitraria e inconsulta en la cual se retiró la puerta de ingreso del departamento ocupado por la hoy accionante; 2) Las medidas de hecho vulneraron el derecho a la vivienda de la accionante que ostenta la calidad de inquilina, evidenciándose hechos perturbatorios que impiden desarrollar una vida segura y exenta de peligros, pues se dejó sus bienes muebles sin ningún tipo de seguridad; 3) Con relación a la sustracción de documentos y objetos personales no corresponde efectuar ningún pronunciamiento ya que dichos aspectos son investigados por el Ministerio Público; y, 4) Sobre el pago de alquileres reclamado por los demandados se deberá acudir ante las autoridades competentes para el procedimiento respectivo.