SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S3
Fecha: 19-Ene-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia pronta y oportuna, así como a la inviolabilidad del domicilio, por cuanto los demandados sin tomar en cuenta su calidad de inquilina el 18 de marzo de 2014, aprovechando que viajó al departamento de Oruro y dejando solo su sobrino José Henry Terán Rodríguez, allanaron su domicilio sacando la puerta de ingreso a su departamento, sustrayendo $us10 000.- (diez mil dólares americanos) más Bs4 500.- (cuatro mil quinientos bolivianos), joyas y una garrafa; asimismo, cerraron la puerta de calle impidiéndole su ingreso con el fundamento de que debía alquileres. Precisado el problema jurídico trazado, corresponde verificar y en su caso determinar si existió vulneración de los derechos fundamentales invocados, a fin de conceder o denegar la protección exigida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al existir denuncias de agresiones físicas, robos, destrucción de propiedad privada, entre otros
- III.2. La protección directa e inmediata de los derechos del inquilino ante las medidas de hecho ejecutadas por los dueños o propietarios del inmueble
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte