SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S3

Fecha: 29-Ene-2015

denegó

La Jueza Primera de Partido, de Sentencia Penal, Mixta y Liquidadora de Llallagua del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 03/2014 de 27 de marzo, cursante de fs. 107 a 110, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos: i) La fecha y hora de audiencia de consideración de la modificación de la detención domiciliaria y detención preventiva a favor de Gricelda Pérez Díaz y Zacarias Varas Pacaja -actualmente accionantes-, fueron fijadas; y, ii) Los hoy accionantes hicieron uso de los recursos que les franquea la ley; por ello, hasta la fecha, se está a la espera de resolución, toda vez que los miembros del tribunal de alzada están dentro de plazo para emitir el respectivo pronunciamiento.

El Juez Segundo de Partido, de Sentencia Penal y Mixto de Llallagua del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 2 de abril de 2014, cursante de fs. 115 a 117, denegó la tutela solicitada, disponiendo la remisión de antecedentes al Ministerio de Justicia para que determine lo que corresponda en derecho; fundamentando que existe otra acción de libertad con características similares a la presente, mismas que fueron presentadas por los ahora accionantes, lo cual se consideró como un acto irresponsable.