AUTO CONSTITUCIONAL 0268/2015-RCA
Fecha: 01-Oct-2015
a)
Solicita se admita la acción, concediéndose la tutela solicitada y ordenando a la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto: a) Revocar la LM 177; y, resolver el recurso de revocatoria planteado; b) Que otorgue la resolución municipal de asentamiento, a todas las asociaciones que preside: “Avelino Siñani”, “17 de agosto”, “Primavera”, y “10 de octubre”; c) Que disponga que, por la Dirección de Recaudaciones del referido Gobierno Autónomo Municipal, se cancele individual y colectivamente, sus patentes en cumplimiento del art. 54.II del CTB; d) Se determine la responsabilidad civil y penal de los funcionarios públicos de dicho Municipio, que omitieron elevar respuestas a los recursos invocados; y, e) Solicitar a Ana Verónica Ramos Morales, Ministra de Desarrollo Productivo y Economía Plural el inicio del debido proceso sumarial contra José Salguero “Lowental” por paralizar la respuesta pronta y formal respecto a la denuncia presentada contra funcionarios del indicado Gobierno.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- “discriminadoras, abusivas y técnicamente operadas por los Miembros del Honorable Consejo Municipal del Alto…” ( sic)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia “in limine”
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre l
- improcedente
- CONFIRMAR