Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2015-RCA
Fecha: 19-Oct-2015
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del CPCo, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 74/2015 de 18 de septiembre, cursante de fs. 26 a 29 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
- improcedencia
- CONFIRMAR