Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2015-RCA
Fecha: 30-Oct-2015
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 12/2015 de 5 de octubre, cursante de fs. 100 a 101 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. El principio de inmediatez y la utilización previa de medios o recursos inidóneos
- es un aspecto que no puede ser considerado para ampliar el plazo de caducidad que rige a las acciones de amparo constitucional
- .
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