AUTO CONSTITUCIONAL 0377/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0377/2015-CA

Fecha: 13-Oct-2015

Fragmento 8

En el mismo sentido, el AC 0312/2012-CA de 9 de abril, citando al AC 0131/2010 de 30 de abril, que cita a su vez la SC 0042/2004 y AC 0026/2010-CA, determinó que: “‘…La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada' (…); en consecuencia, la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad y determina el rechazo del recurso” .