El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 1003/2015-S1 de 26 de octubre, por lo que emite el presente voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 1003/2015-S1 de 26 de octubre, por lo que emite el presente voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.

Fecha: 26-Oct-2015

II.7.  Del caso analizado

De los antecedentes del expediente se colige que dentro el proceso de unión conyugal libre y de hecho, tramitado en el Juzgado de Instrucción de Familia del departamento de Pando, se emitió Sentencia que fue apelada y confirmada por la Sala ya referida, recurriendo en casación la parte afectada, a ese efecto la accionante, el 23 de marzo de 2015, presentó memorial solicitando el rechazo “in limine” del recurso planteado, siendo notificada con el Auto interlocutorio de 26 de similar mes y año, el cual según la accionante, no dio respuesta a su petición, más al contrarió admitió el recurso y dispuso la remisión del mismo planteado ante el Tribunal Supremo de Justicia.