SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Fecha: 19-Oct-2015
admitió
Remitidos los antecedentes a este Tribunal, mediante AC 184/2015-CA de 12 de mayo, cursante de fs. (120 a 125), se admitió la acción de inconstitucionalidad concreta promovida de oficio contra el art. 184 de la Ley de Seguridad Social Militar aprobada mediante DL 11901, por ser presuntamente contrario a los arts. 109.II, 115.II, 122 y 180.III de la CPE; y, 1 y 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; asimismo, se dispuso que se ponga en conocimiento de Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, como personero del Órgano que generó la norma impugnada, a efectos de que formule el alegato que corresponda. Notificación cumplida el 20 de julio de 2015, según consta en la diligencia cursante a fs. 142, sin embargo, la referida autoridad no presentó su informe respectivo.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1 Contenido de la acción
- a)
- admitió
- I.3.
- II.1. Norma demandada como presuntamente inconstitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1.
- III.2. La resolución a emitir por la autoridad judicial o administrativa debe aplicar la norma cuya constitucionalidad se cuestiona
- III.3.
- IMPROCEDENTE