Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Fecha: 19-Oct-2015
IMPROCEDENTE
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y conforme al art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar: IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad concreta promovida de oficio por Jorge Ivar Alvarado Urzagaste, José Luis Gamboa Mayner, Nelson Jaime Manrique Sánchez y Jesús Eddy del Castillo Calderón, en su condición de miembros de la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar, contra el art. 184 de la Ley de Seguridad Social Militar aprobada mediante Decreto Ley (DL) 11901 de 21 de octubre de 1974.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1 Contenido de la acción
- a)
- admitió
- I.3.
- II.1. Norma demandada como presuntamente inconstitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1.
- III.2. La resolución a emitir por la autoridad judicial o administrativa debe aplicar la norma cuya constitucionalidad se cuestiona
- III.3.
- IMPROCEDENTE