SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

denegó

El Juez Primero de Partido en lo civil de Yacuiba del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 6 de marzo de 2015, cursante de fs. 177 a 179, denegó la tutela solicitada, en atención a los siguientes fundamentos: 1) El art. 91 inc. a) a.4) del DS 24781, que a la letra establece: "La persona que se creyese agraviada con esta Resolución podrá hacer uso del recurso de apelación, debidamente fundamentado, en el término fatal de tres días computables desde su notificación, para ser resuelto en única instancia, por la autoridad jerárquicamente superior, en el término de quince días hábiles desde su recepción", es la normativa vigente aplicable al caso concreto; 2) El accionante no hizo uso oportuno de la apelación prevista por la norma previamente mencionada y presento equivoca y extemporáneamente su recurso; y, 3) La Resolución que se denuncia de lesiva en esta acción de amparo constitucional no es indebida ni ilegal puesto que se encuentra adecuadamente motivada y con fundamento para disponer el rechazo del recurso jerárquico impuesto.